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Sin póliza de responsabilidad civil no obtienes el registro ni firmas el contrato

Quién la exige: La autoridad que otorga el registro de servicios de seguridad privada, y el cliente en el contrato de prestación de servicios

El seguro de responsabilidad civil para empresas de seguridad privada cubre los daños a terceros derivados de la actuación del personal de guardia: lesiones, daño a bienes bajo custodia y reclamaciones por detenciones indebidas. Se exige tanto para obtener y renovar el registro ante la autoridad como en los contratos de prestación de servicios con clientes corporativos.

Tiempo de emisión
48 a 72 horas: requiere revisar el tipo de servicio y si hay personal armado
Sumas aseguradas que piden los contratos
1, 3, 5 millones de pesos

Referencia de mercado, no recomendación ni tarifa. Cómo se determina.

Documentos que piden las aseguradoras
  • Registro o autorización vigente como prestador de servicios de seguridad privada
  • Relación de personal y acreditación de su capacitación
  • Descripción de los servicios: intramuros, custodia de valores, traslado, monitoreo
  • Si hay personal armado, la autorización correspondiente
  • Historial de reclamaciones

Dos requisitos que no son el mismo

La póliza se pide en dos momentos distintos y con criterios distintos. Para el registro ante la autoridad se exige acreditar que la empresa cuenta con seguro de responsabilidad civil vigente. Para firmar con un cliente corporativo se exige, además, una suma asegurada específica y con frecuencia coberturas concretas que el contrato enumera.

Una póliza que sirve para el registro puede quedarse corta para un contrato grande. Conviene revisar la cláusula del contrato antes de dar por hecho que la póliza vigente alcanza.

El uso de armas cambia la suscripción

La cobertura de responsabilidad civil por el uso de armas no viene incluida de forma automática y algunas aseguradoras no la ofrecen. Si tu operación incluye personal armado, decláralo desde la solicitud: es el dato que más determina qué aseguradoras pueden atender el riesgo y en qué términos.

Qué cubre

  • Daños corporales y materiales a terceros por actuación del personal de guardia
  • Daños a los bienes bajo custodia del asegurado
  • Responsabilidad civil por el uso de armas, cuando se contrata expresamente
  • Reclamaciones por detención indebida y daño moral
  • Gastos de defensa jurídica

Qué no cubre

Decirlo por adelantado evita la reclamación que se rechaza y el cliente que se pierde.

  • Los actos dolosos del personal, incluido el robo cometido por empleados
  • La actuación de personal sin acreditación o sin registro vigente
  • El uso de armas sin la autorización correspondiente
  • El faltante de mercancía sin evidencia de un evento de responsabilidad

Preguntas frecuentes

¿Cubre si un guardia se roba mercancía del cliente?

No. Los actos dolosos del personal están excluidos de la responsabilidad civil. Ese riesgo se atiende con una cobertura distinta —fidelidad o infidelidad de empleados— que se contrata por separado y que conviene revisar si custodias bienes de valor.

¿Cubre las detenciones indebidas?

Sí, cuando se contrata la cobertura correspondiente. Es una de las reclamaciones más frecuentes del giro, sobre todo en seguridad intramuros de tiendas, y no siempre viene incluida en la póliza base. Conviene pedirla expresamente.

Mi cliente pide 10 millones de suma asegurada y mi póliza es de 3. ¿Qué hago?

Se puede aumentar la suma asegurada de la póliza vigente mediante endoso, sin esperar a la renovación. El incremento de prima suele ser proporcionalmente menor de lo que la gente espera, porque el primer tramo de cobertura es el más caro.

Qué determina el precio de tu póliza

No publicamos tarifas porque no existen: cada caso se suscribe por separado. Pero sí podemos decirte qué mira la aseguradora para fijar la prima, que es lo que te permite llegar preparado y comparar propuestas con criterio.

  • El tipo de servicio: monitoreo, intramuros, custodia de valores o traslado
  • Si hay personal armado y cuánto
  • El número de elementos y las ubicaciones que se cubren
  • El valor de los bienes bajo custodia
  • La suma asegurada que exijan los contratos con clientes
  • El historial de reclamaciones

Cotiza tu póliza

Empecemos por lo que más define tu situación:

¿Alguien te está pidiendo esta póliza?

Son dos pasos y no pedimos datos personales en el primero. ¿Prefieres escribir? Mándanos un WhatsApp.

Con qué aseguradoras trabajamos este riesgo

GMX, Chubb, Berkley, Zurich, Axa, Mapfre, HDI Global, Seguros El Potosí, Seguros Afirme. Presentamos propuestas de varias para que la decisión se tome comparando, no sobre una sola opción.