Sin la póliza de responsabilidad civil, la Administración Portuaria no autoriza operar en el puerto

Quién la exige: La Administración Portuaria Integral (API), como condición del título de concesión o del contrato de cesión parcial de derechos para operar dentro del recinto portuario (Ley de Puertos, artículo 26, fracción X).

El seguro de responsabilidad civil para operadores portuarios cubre los daños a terceros, a sus bienes y a la carga bajo custodia del operador, ocasionados durante actividades como estiba, almacenaje, remolque o suministro dentro de un puerto. La Ley de Puertos exige mantener estas pólizas vigentes como parte del título de concesión o del contrato de cesión de derechos.

Tiempo de emisión
De una a varias semanas: es una póliza que requiere análisis técnico de la operación portuaria, no es de emisión inmediata.
Documentos que piden las aseguradoras
  • Título de concesión o contrato de cesión parcial de derechos con la Administración Portuaria Integral
  • Descripción de las actividades que se realizan dentro del puerto
  • Relación de equipo, maquinaria e instalaciones propias
  • Límite de responsabilidad exigido por la API o por el cliente naviero
  • Historial de siniestros, si los hay

Un riesgo raro, pero de alto costo cuando ocurre

Este es de los seguros de responsabilidad civil de mayor suma asegurada de todo el catálogo, y a la vez de los que menos se contratan: la mayoría de los operadores portuarios que buscan cotización no cierran en el primer contacto, porque es una decisión que se toma con tiempo y con la Administración Portuaria Integral de por medio. Vale la pena tener la página y estar listos para cuando aparece, más que esperar volumen constante de este producto.

RC, no el seguro marítimo completo

“Riesgos Múltiples Portuarios” en el mercado suele empaquetar la responsabilidad civil del operador junto con coberturas de daños al buque, a la carga por causas de transporte marítimo, y pérdida de beneficios. Esta página se enfoca en la responsabilidad civil: lo que el operador le debe a terceros por su propia operación dentro del puerto. Si además necesitas asegurar instalaciones, maquinaria propia o la carga bajo un esquema de seguro de transporte, se cotizan como coberturas adicionales — pregúntanos y armamos la propuesta completa.

Qué revisar antes de cotizar

El título de concesión o el contrato de cesión de derechos con la Administración Portuaria Integral normalmente ya especifica el límite de responsabilidad mínimo exigido. Localizarlo antes de pedir cotización evita ir y venir: es el primer dato que pide la aseguradora, junto con una descripción precisa de cada actividad que se realiza dentro del recinto portuario.

Qué cubre

  • Responsabilidad civil contractual y extracontractual del operador frente a terceros
  • Daños a personas y bienes de terceros durante la operación portuaria
  • Daños a la carga bajo cuidado, custodia y control del operador
  • Remoción de escombros y restos derivados de un siniestro cubierto
  • Gastos de defensa jurídica

Qué no cubre

Decirlo por adelantado evita la reclamación que se rechaza y el cliente que se pierde.

  • Los daños físicos al buque o embarcación propios — eso corresponde a un seguro de casco marítimo, distinto a esta RC
  • Los daños a la carga por causas propias del transporte marítimo (estiba deficiente de la naviera, condiciones de navegación) que no sean atribuibles a la operación del terminal portuario
  • Las multas y sanciones administrativas de la autoridad portuaria
  • La pérdida de beneficios o de flete del naviero, que se cubre con pólizas de interrupción de negocio específicas

Preguntas frecuentes

¿Esta póliza cubre daños al buque que atraca en mis instalaciones?

Solo si el daño lo causó tu operación (por ejemplo, una maniobra de atraque o carga mal ejecutada) — ahí sí responde tu responsabilidad civil. Los daños propios del buque por causas ajenas a tu operación no están cubiertos por esta póliza."

Manejamos varias actividades dentro del puerto: ¿se cotiza una póliza por cada una?

No necesariamente. Se puede estructurar una sola póliza que declare todas las actividades que realizas dentro del recinto portuario, siempre que se describan con precisión al contratar. Lo que sí cambia es la prima, según el riesgo de cada actividad declarada.

¿Por qué esta póliza tarda semanas en emitirse?

Porque la aseguradora no tarifica por catálogo: analiza el tipo de operación, el volumen de carga y el valor de las instalaciones antes de aceptar el riesgo. Si tienes un plazo de la Administración Portuaria Integral encima, dilo desde el primer contacto para priorizar el caso.

No hemos tenido un siniestro nunca. ¿Vale la pena asegurar esto de todas formas?

La pregunta no es si conviene, es que el título de concesión lo exige para poder operar. Además, es un riesgo de baja frecuencia pero de magnitud alta: un solo incidente con un buque, su carga o el personal en muelle puede superar por mucho lo que costaría la póliza en años.

Qué determina el precio de tu póliza

No publicamos tarifas porque no existen: cada caso se suscribe por separado. Pero sí podemos decirte qué mira la aseguradora para fijar la prima, que es lo que te permite llegar preparado y comparar propuestas con criterio.

  • El tipo de actividad dentro del puerto: estiba, almacenaje, remolque, suministro de combustible, reparación, entre otras
  • El volumen de carga u operaciones que se manejan
  • El valor de las instalaciones, equipo de manipuleo y maquinaria propios
  • El límite de responsabilidad exigido en el título de concesión o contrato con la API
  • El historial de siniestros del operador

Hablemos de tu caso

Este tipo de riesgo se cotiza caso por caso. Déjanos los datos y un asesor te contacta para revisar el detalle técnico antes de pedir propuestas a las aseguradoras.

¿Alguien te está pidiendo esta póliza?

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Con qué aseguradoras trabajamos este riesgo

GMX, Chubb, AIG, AXA XL, entre otras. Presentamos propuestas de varias para que la decisión se tome comparando, no sobre una sola opción.